Gestiones administrativas · Toda España
Cuando pones paneles solares, cambias las ventanas o instalas aerotermia, el ayuntamiento pide una declaración responsable. La presenta el titular de la instalación, no el instalador. Nosotros la preparamos, la presentamos como representantes tuyos y tratamos con la administración hasta que el expediente queda resuelto.
Qué tramitamos
Cada uno tiene su procedimiento, su plazo y su precio. Te decimos desde el principio cuáles te hacen falta y cuáles no.
El trámite que habilita la instalación en tu vivienda. Lo presenta el titular ante su ayuntamiento antes de empezar la obra, y es el que hacemos con más frecuencia.
Descuento en el impuesto de obras o en el recibo del IBI. Solo existe si el ayuntamiento lo ha aprobado en sus ordenanzas y si tu instalación encaja en lo que esa ordenanza bonifica.
Ayudas públicas para reformas que mejoran la eficiencia de la vivienda. Ahora mismo hay muy pocas convocatorias abiertas en España.
Trámite 01
Es el documento con el que comunicas al ayuntamiento que vas a hacer una instalación en tu vivienda y que cumple lo que la normativa exige. Sin ella presentada, la obra no está habilitada.
La declaración responsable la presenta el titular de la instalación, es decir, quien es propietario de la vivienda donde se hace la actuación. No la presenta el instalador: él ejecuta la obra y aporta su documentación técnica, pero quien responde ante el ayuntamiento es el titular.
Por eso trabajamos con una autorización de representación: nos autorizas a actuar en tu nombre y, a partir de ahí, tratamos nosotros con el ayuntamiento. Tú no tienes que entrar en ninguna sede electrónica ni pedir cita en el ayuntamiento.
Las habituales en vivienda: paneles solares fotovoltaicos, ventanas, aerotermia, aire acondicionado y aislamiento de fachada, cubierta o suelo. Cada ayuntamiento tiene su propio impreso y su propia lista de documentos, y ahí es donde se atascan la mayoría de expedientes.
Desde 50 €, según el ayuntamiento y la documentación que exija. Te lo decimos cerrado antes de empezar.
La tasa urbanística y el ICIO, si el municipio los cobra, los paga el titular directamente a su ayuntamiento: son impuestos, no honorarios nuestros.
Preferimos decirlo claro desde el principio, porque es donde más malentendidos se generan.
Somos el intermediario administrativo: quien conoce el procedimiento de cada ayuntamiento y se encarga de que el expediente entre bien a la primera.
Trámite 02
Muchos ayuntamientos premian las instalaciones que mejoran la eficiencia energética con un descuento en el impuesto de obras (ICIO) o en el recibo del IBI durante unos años. Pero no es automático ni existe en todas partes.
Que el ayuntamiento tenga la bonificación publicada en sus ordenanzas fiscales. Si no está aprobada en la ordenanza, no hay nada que solicitar por mucho que la instalación lo merezca.
Que tu instalación encaje en lo que esa ordenanza bonifica. Cada texto define qué actuaciones entran, con qué porcentaje y durante cuánto tiempo, y no todas las instalaciones cuentan.
Es un servicio aparte de la declaración responsable, porque es otro expediente distinto y con sus propios plazos. Muchos ayuntamientos exigen pedirla dentro de un plazo concreto desde el inicio de la obra, así que conviene plantearla a la vez que la declaración responsable y no meses después.
Trámite 03
Son las ayudas públicas a la rehabilitación y la mejora de la eficiencia energética de viviendas. Preparamos y presentamos la solicitud cuando hay una convocatoria abierta que encaje con tu caso.
Conviene decirlo sin rodeos: ahora mismo la mayoría de comunidades autónomas no tienen convocatorias en vigor para mejora energética en vivienda. Es un ciclo que va y viene, y depende de cada administración.
Comunidad Valenciana
Sin convocatoria en vigor
Aragón
Sin convocatoria en vigor
Déjanos tus datos y te escribimos en cuanto se publique una convocatoria que encaje con tu municipio.
Cómo funciona
El mismo circuito para cualquiera de los tres trámites.
Qué instalación vas a hacer o has hecho y en qué municipio está la vivienda. Con eso ya sabemos qué exige ese ayuntamiento.
Qué trámites hacen falta, si hay bonificación aplicable y qué cuesta cada cosa. Precio cerrado antes de empezar.
Firmas la representación y te solicitamos los documentos que exige ese ayuntamiento. Te decimos exactamente cuáles son.
Entramos el expediente por vía telemática y respondemos lo que pida el ayuntamiento hasta que queda resuelto.
Las declaraciones responsables, las bonificaciones de ICIO e IBI y las subvenciones se presentan por vía telemática, así que aquí no hay distancias: trabajamos con ayuntamientos de cualquier punto de España, adaptando cada expediente a lo que exige ese municipio en concreto.
Los certificados energéticos son otra cosa: exigen pisar la vivienda, y ahí sí tenemos zona. Consulta la cobertura y el precio.
Para profesionales
Trabajamos de forma continuada con instaladores que prefieren no pelearse con la sede electrónica de cada ayuntamiento. Nos ocupamos de la parte administrativa de tus instalaciones: declaración responsable, solicitud de bonificaciones, certificados energéticos y gestión de subvenciones, con tarifa y plazos acordados de antemano.
Tú instalas, nosotros tratamos con la administración.
Hacemos los certificados energéticos que permiten comprobar si la actuación alcanza los requisitos de las deducciones fiscales. Es un argumento de venta que puedes poner sobre la mesa antes de cerrar el presupuesto.
Ojo con el orden: para acreditar la mejora hace falta un certificado anterior a las obras y otro posterior. Si la obra empieza sin el primero, ya no hay forma de demostrarla.
Ver cómo funcionaEscríbenos por WhatsApp al 641 35 06 73 o mándanos un correo a info@beenergetic.es. Dinos qué vas a instalar y en qué municipio, y te decimos qué trámites hacen falta y qué cuestan.
La bonificación de ICIO o IBI depende de que el ayuntamiento la tenga recogida en sus ordenanzas fiscales y de que la instalación encaje en los supuestos que esa ordenanza contempla; lo comprobamos antes de presentar nada. La disponibilidad de subvenciones depende de las convocatorias que publique cada administración y puede cambiar en cualquier momento.
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