Deducciones fiscales · Toda España
Actualizado el 29 de septiembre de 2026
La deducción estatal del 60 % se aplica a las obras que reducen al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda, o que la llevan a calificación energética A o B. Exige dos certificados energéticos, y el primero tiene que estar hecho antes de empezar la obra.
Antes de seguir
Esto es un resumen informativo, no asesoramiento fiscal. Está basado en la normativa vigente, en el Manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria y en consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, pero la última palabra la tiene siempre la Agencia Tributaria. Cada situación individual es distinta: consulta tu caso concreto con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria antes de aplicar nada.
Si instalas paneles solares en la Comunidad Valenciana, hay dos deducciones distintas y son compatibles entre sí. Por un lado están las deducciones estatales, que se aplican en toda España y son las que explica esta página. Por otro, la deducción autonómica del 40 % por instalaciones de autoconsumo, con reglas propias: cómo funciona la deducción del 40 % en la Comunidad Valenciana.
Si la mejora que vas a hacer es otra —cambiar ventanas, aislamiento, aerotermia o bomba de calor—, solo se aplican las estatales: la deducción autonómica valenciana cubre únicamente las instalaciones de autoconsumo con fuentes renovables.
Dentro de las estatales hay tres deducciones, y cuál corresponde depende del tipo de vivienda y de la obra:
Los límites funcionan en dos niveles, y conviene tenerlos claros porque no son lo mismo:
Lo que supere los 5.000 € de base en un año se aplica en los siguientes, con un plazo máximo de 4 años. En declaración conjunta, estos límites se aplican una sola vez para la pareja, no se duplican.
La deducción empieza el año en que se emite el certificado energético posterior a la obra. Si pagaste antes, esas cantidades también cuentan.
En este punto funciona de forma distinta a la deducción autonómica valenciana, y conviene tenerlo claro antes de hacer cuentas.
Solo reduce la parte estatal de tu IRPF
Si un año esa parte no da para aplicar toda la deducción que te corresponde, lo que sobra se pierde. No se traslada a los años siguientes, a diferencia del remanente por superar los 5.000 € de base.
Tu IRPF estatal es de 2.000 € al año y la deducción que te corresponde es de 3.000 €. Solo podrás aplicarte 2.000 €. Los 1.000 € restantes se pierden.
Antes de contar con la cifra máxima, conviene comprobar cuánto IRPF estatal se paga realmente.
Estas son todas las condiciones. Si alguna no se cumple, no hay deducción. Más abajo se explican con detalle las dos que más dudas generan: qué viviendas entran y las fechas de los certificados.
En cuanto al tipo de obra, pueden servir paneles solares —o placas solares—, aerotermia o bomba de calor, cambio de ventanas o aislamiento, entre otras. Lo que importa no es la obra en sí, sino el resultado medido en los certificados.
Es la condición que más gente da por supuesta y donde más expedientes se caen. La deducción del 60 % está pensada para el edificio completo, no para una vivienda dentro de él.
| Tipo de vivienda | ¿Entra en el 60 %? |
|---|---|
| Unifamiliar: aislada, pareada o adosada | Sí. Según consultas vinculantes de Hacienda, cuenta como edificio completo aunque comparta pared con otra. |
| Edificio entero, obra de la comunidad de propietarios | Sí. Cada propietario se deduce la parte que le corresponde según su cuota de participación y lo que haya pagado. |
| Un piso suelto dentro de un bloque | No, salvo que la obra la haga la comunidad en todo el edificio. En ese caso quedan las deducciones estatales del 20 % o del 40 %, que terminan el 31 de diciembre de 2026. |
La mejora no se declara: se demuestra comparando dos certificados energéticos registrados, uno de antes de la obra y otro de después. De ahí sale el porcentaje de reducción o la letra que acredita el derecho a la deducción.
Las fechas no son un formalismo, son parte del requisito:
Si la obra empieza sin el primero, se pierde el derecho a la deducción
Sin el certificado anterior a la obra no hay forma de acreditar cuánto ha mejorado la vivienda, y no es un trámite que pueda hacerse después. Una vez cambiadas las ventanas o instalados los paneles, ya no existe forma de medir el punto de partida.
Qué cuesta un certificado energético · Consultar un caso concreto
La deducción se consigna en la declaración de la renta del ejercicio en el que se emite el certificado energético posterior a la obra. La Agencia Tributaria publica una guía con los pasos concretos y la casilla donde se introduce, dentro de Renta Web.
Deducciones por eficiencia energética: cómo aplicarlas en Renta Web — Agencia Tributaria, campaña de Renta 2025.
Conviene tener a mano los dos certificados energéticos registrados, las facturas y los justificantes de pago: son los documentos que respaldan la deducción si la Agencia Tributaria los pide.
Cada persona puede aplicarse la deducción por separado si ha pagado de verdad su parte y puede demostrarlo. Pero aquí hay un tope que no existe en la deducción valenciana:
Cada uno deduce lo que paga, pero como máximo hasta su porcentaje de propiedad. Aunque una persona pague el 100 % de una vivienda que es suya al 50 %, solo podrá deducirse la mitad. Da igual que la factura esté a nombre de una sola persona, siempre que cada uno pueda demostrar lo que ha pagado.
Instalación de 30.000 € en una vivienda al 50 % entre dos propietarios que declaran por separado. Cada uno aporta 15.000 € y se deduce el 60 %: 9.000 € cada uno, 18.000 € en total.
Si presentan declaración conjunta, el límite de 15.000 € se aplica una sola vez para los dos.
Financiarla no impide deducirte, y hay un detalle a favor: cuando la financiera paga el total a la instaladora, se considera pagado ese año, aunque tú devuelvas el préstamo a plazos durante los siguientes.
Hacemos el certificado energético previo y el posterior, los dos registrados, que son los que se necesitan para acreditar la mejora. Si además hace falta declaración responsable en el ayuntamiento, también la tramitamos.
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